En el día de ayer los agentes del Grupo de Atención al Ciudadano (GAC) de la Policía Nacional emplearon un dispositivo de inmovilización eléctrica (TASER) para reducir a un individuo que portaba varios cuchillos y representaba una amenaza inmediata contra la ministra Yolanda Díaz. Se considera la intervención legítima, proporcionada y ajustada a Derecho, pero con una reseña importante que añadir.
El uso del taser por parte de los miembros operativos de las FFCCSSE tiene sus limitaciones respecto al tipo de amenaza a la que se enfrente.
El inmovilizador eléctrico (taser) está preparados para neutralizar a individuos que presenten un peligro pero que no se trate de una posible situación que ponga en riesgo la vida de las personas.
El uso de un arma blanca contra las personas puede ser mortal, por lo que hacerle frente con el uso de un taser puede no ser eficaz y no llegar a la proporcionalidad necesaria para repeler la agresión.
En relación la intervención del grupo GAC, que neutralizaron la amenaza. Son los miembros operativos de la Policía Nacional encargados de acudir a cualquier tipo de requerimiento ciudadano, sea de la gravedad que sea. Actuando en el momento sin previa información y resolviendo la situación mediante el uso de técnicas legales, operativas, psicológicas y tácticas predefinidas que se determinan en el mismo momento de la intervención.
La actuación policial de esta situación se concluye con la primera intervención de la propia escolta de la personalidad (vicepresidenta del gobierno) perteneciente a la Policía Nacional y los primeros en intervenir. Finalizando con la detención de este individuo por parte los miembros del Gac mediante el uso del taser para disminuir sus capacidades y el posterior control, aseguramiento y detención.
Deja un comentario