INTRODUCCIÓN
Las necesidades sociales y la forma de enfrentar la criminalidad están cambiando a una velocidad que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad apenas alcanzan a digerir.
Hubo un tiempo en que el policía conocía a cada vecino, a cada delincuente habitual, a cada familia del municipio o ciudad. Sabía quién había salido de prisión, quién traficaba con drogas en los barrios, y dónde buscar si se cometía un robo con fuerza, con violencia o una agresión. Aquella cercanía con el entorno permitía anticiparse al delito porque la información fluía a pie de calle, entre el día a día de los barrios y la confianza del ciudadano.
Pero ese paradigma ha cambiado.
Hoy, la movilidad social, la globalización, la inmigración descontrolada, las nuevas tipologías delictivas y la dispersión urbana han transformado el mapa criminal. Ya no basta con conocer a “los de siempre”. Los delincuentes se mueven, se mezclan y se profesionalizan. La sociedad es más rápida, más volátil, más agresiva. Y la respuesta policial no puede seguir anclada en el modelo del pasado en el que la base de la actuación policial es el servicio público y en segundo plano, la aplicación estricta de la ley.
La función principal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad es mantener una estabilidad social en la que se actue sobre el delito para mantener al margen y con una seguridad subjetiva al resto de sociedad. Esta actuación se debe de adaptar a las necesidades de los tiempos.
Antaño, el respeto a los uniformados agentes de la autoridad, al sistema judicial y al temido sistema penitenciario hacía que el mero pensamiento de las consecuencias punitivas que pudiera tener la comisión del delito, mantenía los índices criminonlógicos a raya.
Hoy día, para llegar a índices de criminalidad del pasado, debemos de aplicar la legislación penal y administrativa con más contundencia que en esos tiempos. Esto no quiere decir que la Policía deje de lado el Modelo Policial de Seguridad y Servicio Público, sino que dentro de este modelo, la aplicación de la ley sea más exquisita, sin poder de discreción en la ejecución del derecho penal para el agente que actúa.
I. EL FIN DEL POLICÍA QUE CONOCÍA A TODOS
Durante décadas, el modelo policial español funcionó en base a una seguridad de proximidad espontánea: la que nacía del conocimiento del entorno y de las relaciones humanas entre agente y comunidad.
Sin embargo, ese modelo empírico se ha agotado. La comunidad ya no es estable, el tejido social se ha fragmentado, y las fuentes tradicionales de información se diluyen entre redes sociales, movilidad geográfica y anonimato urbano.
El policía operativo de hoy se enfrenta a una realidad en la que no conoce el terreno en términos humanos, y debe apoyarse en la información técnica, el análisis de datos y la aplicación rigurosa de la ley.
La frase que resume esta transición es clara:
“Antes se conocía al delincuente; ahora se debe conocer la ley.”
II. DEL MODELO DE SERVICIO PÚBLICO AL LEGALISMO OPERATIVO
En la teoría clásica de Wilson (1968), existen tres modelos policiales fundamentales:
- El legalista, centrado en la aplicación estricta de la norma, con escasa discrecionalidad.
- El de vigilancia o control, propio de sistemas autoritarios, donde prima el orden por encima de la legalidad.
- El de seguridad o servicio público, característico de democracias modernas, que busca la protección integral del ciudadano.
España adoptó, tras la Transición, un modelo de servicio público: una policía al servicio del ciudadano, respetuosa con los derechos fundamentales y promotora de la convivencia.
Pero la evolución criminal y la permisividad institucional han mostrado una debilidad estructural: la excesiva discrecionalidad operativa en la aplicación de la ley penal.
Hoy, lo que necesitamos no es renunciar al servicio público, sino reforzarlo con una base legalista firme: un modelo donde la aplicación de la ley sea exhaustiva, homogénea y medible, sin que cada agente de la autoridad decida, según su criterio personal, el contexto político y social o por su situación emocional o de empatía, si un hecho delictivo merece o no su persecución o intervención.
III. EL FALLO SISTÉMICO: LA DISCRECIONALIDAD MAL ENTENDIDA
El error más profundo del sistema policial actual es haber depositado en el agente operativo la posibilidad «no escrita» de decidir cuándo actuar ante un delito, en lugar de exigirle que actúe siempre conforme a la literalidad de la Ley. Y esta posibilidad no es legal al amparo de la obligatoriedad de perseguir delitos público que nos marca nuestra legislación vigente, es instaurada por una cultura/costumbre policial donde la falta de responsabilidad en toda la escala jerárquica de cualquier Fuerza y Cuerpo de Seguridad, provoca que no se persiga el delito conforme se establece en la normativa.
En la aplicación de la jurisdicción penal no cabe la discrecionalidad y mucho menos la arbitrariedad. El principio de legalidad es la base para que el ecosistema de ciudades y pueblos se mantenga seguro.
Y ese margen de aplicación de la ley se ha transformado en un vacío de actuación que el delincuente sabe aprovechar.
El sistema ha normalizado una inacción estructural y una tolerancia institucional frente a ciertos delitos leves y menos graves, así como sobre la multirreincidencia.
Esa permisividad no solo erosiona la autoridad del policía, sino que crea nuevas víctimas. Cada delito no perseguido es un germen de futuros delitos.
Cada delincuente que no es detenido, procesado y condenado, refuerza su sensación de impunidad hacia el infractor y de vulnerabilidad para la sociedad.
Y con ella, nace una cadena de víctimas invisibles, aquellas que aún no lo son… pero que potencialmente se van a ver expuestas por no haber corregido y acometido contra anteriores delincuentes, mediando la aplicación de la ley en su margen más restrictivo en intervenciones previas.
IV. FORMACIÓN JURÍDICA Y RESPONSABILIDAD OPERATIVA
Otro de los puntos débiles del modelo actual es la brecha entre el conocimiento jurídico y la función operativa.
Se considera a los agentes de base “legos en Derecho”, y ese estigma ha limitado durante décadas la capacidad de actuación penal del policía que tiene el primer contacto con el delito, el delincuente y la víctima.
Sin embargo, la realidad del servicio diario exige todo lo contrario:
un agente operativo debe dominar los tipos delictivos más comunes, las diligencias esenciales, los márgenes de actuación y la cadena de custodia.
“Quien aplica la ley en la calle no puede ser un mero ejecutor: debe ser un conocedor de la norma que protege al ciudadano.”
La formación jurídica no puede quedar restringida a escalas superiores. La primera línea del Estado de Derecho está en el policía que se persona en el requerimiento del ciudadano, asegura el lugar, detiene al presunto autor de los hechos e inicia el atestado policial.
De poco sirve un marco legal impecable si su aplicación real depende del desconocimiento generalizado del 90% de los ilícitos penales existentes para los agentes operativos que tiene que perseguir esos delitos, y llevar en su última instancia a la autoridad judicial esos hechos.
V. NECESIDAD DE UN EL LEGALISMO OPERATIVO
El nuevo paradigma policial debe integrar la vocación de servicio con la exigencia de legalidad total.
Debe ser humano en su trato, pero inflexible en la aplicación de la norma penal.
El “legalismo operativo” no es autoritarismo, es justicia aplicada sin miedo.
Significa que ante cada delito —por leve que parezca— el agente actúa, documenta, detiene, investiga y traslada al ámbito judicial lo que corresponde.
Sin interpretaciones personales. Sin dejar cabos sueltos.
Porque el servicio público sin ley firme es asistencialismo,
y la ley sin servicio humano es represión.
El equilibrio entre ambos es lo que convierte a un Policía en un servidor del Estado de Derecho y no en un burócrata armado.
CONCLUSIÓN: LA LEY COMO ESCUDO, NO COMO CARGA
La sociedad de hoy exige unas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad modernas, formadas y valientes.
Una Policía que no tema aplicar la ley con rigor, pero también con humanidad.
El cambio de modelo no pasa por más discursos ni por más reglamentos, sino por recuperar la esencia de lo que somos: servidores públicos al servicio de la justicia.
“Cada vez que el Estado falla en aplicar la ley, alguien inocente paga el precio.”
El modelo policial español no debería estar en parecer más amables, sino en ser más eficaces.
Y la eficacia, en democracia, se mide en una sola vara de medir: el cumplimiento de la ley y la persecución del delito en su horquilla más restrictiva para quien lo comete.
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